¿QUÉ ES LA MEDIACIÓN?
Es un servicio ágil. Un conflicto resuelto por la vía judicial demoraría en resolverse varios años, a través de mediación puede requerir una sola sesión para concluirse, con la satisfacción de ambas partes, puesto que en la mediación todos ganan.
Es una solución económica. La mediación, por su dinámica, significa ahorro de dinero, tiempo, energías, pero sobre todo evita la carga emocional. Además, previene y resuelve los conflictos en el menor tiempo posible y con el menor costo.
La mediación se adapta a las necesidades de las partes y busca satisfacer sus intereses. Desde luego ello implica que ambas partes concedan algo en beneficio del otro.
¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE LA MEDIACIÓN?
La mediación es un procedimiento voluntario y confidencial, en el que las partes deciden sobre su conflicto en base a sus intereses.
Es voluntaria, es decir, las partes concurren libremente; si una de ellas se niega a asistir, no hay mediación. Las partes no están obligadas a continuar el procedimiento de mediación, éstas pueden dejarlo en el momento que deseen.
Se puede solicitar una mediación en cualquier etapa de un juicio, siempre y cuando sea antes de una sentencia dictada por un juez.
La mediación es posible en materia transigible. Es decir, en los asuntos en que la ley permite a las partes negociar y buscar una solución.
Es extrajudicial, es decir, fuera del proceso judicial; sin embargo, cuando las partes firmen el acta de mediación, ésta tendrá efecto legal (sentencia ejecutoriada).
Es confidencial, lo que permite a las partes negociar de manera libre y productiva. Lo tratado en un proceso de mediación no tiene valor probatorio en un litigio.
Es informal. A diferencia del proceso arbitral o judicial, la mediación no se guía bajo etapas rigurosas que suponen pruebas, términos o plazos. La mediación es un método estructurado por las necesidades que planteen las partes.
Es colaborativa, es decir, las partes convergen hacia la búsqueda inteligente y creativa de una solución mutua satisfactoria que ponga fin al conflicto.
Es flexible. No requiere precedentes legales. Es un método que brinda agilidad.
Realiza al máximo la exploración de alternativas.
Utiliza criterios objetivos para llegar a acuerdos legítimos.
¿CUÁLES SON LAS VENTAJAS DEL CENTRO DE MEDIACIÓN?
Es un acuerdo de voluntades en donde no existe una persona que gana o pierde, se recurre al diálogo para resolver los conflictos, entonces si bien no es necesario recurrir a funcionaros judiciales, la solución que determine el Centro de Mediación tiene el mismo resultado de una sentencia.
¿QUÉ CASOS SE TRATAN?
Existen muchos conflictos que son posibles tratar y solucionar mediante la mediación. Algunos ejemplos: conflictos de pareja, intrafamiliares, entre vecinos, comunitarios, arriendos, linderos, comerciales, laborales, contratos, acuerdos escritos o verbales, ambientales, algunos casos penales y demás en materia transigible. Debe considerarse que debido a disposiciones legales vigentes y de la complejidad y efectos jurídicos, hay asuntos que no pueden ser resueltos bajo el esquema de mediación, tales asuntos son: Derechos Humanos, derechos fundamentales, asuntos constitucionales, asuntos tributarios o acciones de nulidad.
¿QUIÉN ME AYUDA EN EL CENTRO DE MEDIACIÓN?
En cada Centro de Mediación lo asistirá un equipo especializado que le dirigirá durante todo el proceso, el mediador que ayudará en su conflicto es una persona capacitada y preparada para facilitar el diálogo en su mediación.
¿QUÉ HACE EL MEDIADOR?
El mediador es una persona neutral que facilita el proceso mediante una comunicación amigable y analiza todas las posibilidades para la solución de un conflicto.
¿QUÉ VERIFICA UN MEDIADOR?1. La capacidad de las partes. Quienes estén tratando de solucionar el conflicto, deben estar autorizados legalmente para hacerlo, lo que significa que puedan decidir por sí mismos o con la autorización de otro. Por ejemplo, un menor de edad debe estar representado por sus padres.
2. La disponibilidad de bienes o derechos. Esto significa que las partes que estén solucionando el asunto, puedan disponer del mismo, siendo propietarios o titulares de los bienes o derechos que se discuten, ya que “al ser dueños” pueden tomar las decisiones. Debe tenerse en cuenta y considerarse los derechos que si se pueden discutir y los que no, pueden ser atendidos por mediadores.
3. Los objetos o asuntos discutidos. Son los problemas o asuntos que se presentan entre las personas que acuden al uso de los diferentes mecanismos alternativos de solución de conflictos o a la justicia ordinaria. Este asunto o conflicto no debe ser contrario a la ley, el orden público o las buenas costumbres.
¿CUÁL ES EL PROCESO?
En el Centro de Mediación le ayudarán a llenar una solicitud de mediación con sus datos y los de las personas a invitar, además de un breve resumen del conflicto. También se seleccionará al mediador que llevará adelante el proceso y se establecerá una fecha y hora para la audiencia de mediación.
Luego, el centro invitará a las partes para realizar una primera reunión para avanzar de la mejor forma con el proceso, el mediador tratará con las partes sobre:
· Reglas básicas del procedimiento.
· Redefinición del conflicto e identificación de las cuestiones litigiosas.
· Examen de los intereses de las partes.
· Búsqueda de soluciones posibles.
· Exploración creativa.
· Evaluación de las soluciones posibles soluciones.
¿CUÁNTO TIEMPO DEMORA EL PROCESO DE MEDIACIÓN?
Por lo general la mediación es expedita y se llega a un acuerdo en tres reuniones. Sin embargo, no existe un número de reuniones determinado. El proceso puede ser finalizado cuando se considere que hay una mejor solución a su controversia.
¿CUÁNTO CUESTA EL SERVICIO?
Los costos son relativamente bajos, pueden variar de cinco a 10 dólares por solicitud de mediación por concepto de costos administrativos. Cada centro tiene su tabla de tarifas, generalmente en base a la cuantía del caso. En el centro de mediación le pueden facilitar esta información.
¿CÓMO DERIVO EL CASO DEL JUZGADO AL CENTRO DE MEDIACIÓN?
Cuando el caso se encuentra en un proceso judicial, el juez puede derivar el caso a un centro de mediación, con la aceptación de las partes para buscar una solución mutua. Una de las partes o todas pueden solicitar al juez que derive el caso a una mediación en cualquier etapa antes de sentencia.
¿NECESITO UN ABOGADO PARA ACUDIR AL CENTRO DE MEDIACIÓN?
No es necesario participar con un abogado, se puede acudir solo.
¿QUIÉN DEBE ACUDIR A LA MEDIACIÓN?
Deben acudir las partes interesadas.
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO PARA IR AL CENTRO DE MEDIACIÓN?
1. Cédula de identidad o documento de identificación.
2. Un poder en caso de representar a una persona jurídica.
3. Documentos relacionados al caso si las partes lo consideran pertinente.
¿ES OBLIGACIÓN FIRMAR EL ACTA DE MEDIACIÓN?
No. La mediación es un proceso libre y no están obligadas las partes a firmar el acta de mediación. Además, las partes pueden dar por terminado el proceso cuando lo requieran.
¿¿QUIÉN IMPULSA ESTE PROYECTO?
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de ProJusticia, dentro del proyecto de Creación de Nuevas Judicaturas y Modernización de los Servicios de Justicia.
Con esta iniciativa se impulsa la construcción de una cultura de paz y se facilita el acceso a la justicia por parte de todos los ciudadanos y ciudadanas mediante métodos legales y alternativos orientados a la solución de conflictos, resumidos en la creación y fortalecimiento de centros de mediación.



